martes, 11 de diciembre de 2007
SEGUNDO CAPÍTULO
En términos generales, se pretende explicar específicamente el por qué del crecimiento acelerado de las instituciones educativas privadas en los últimos 60 años, ya que resulta interesante conocer la “sostenibilidad” de este crecimiento y los factores de demanda que lo condicionan. Todo ello presentando en gráficos estadísticos, obtenidos de la revisión documental del Diario El Comercio con respecto al uso de avisos publicitarios. Además se presentarán las leyes que permiten promover la actividad educativa, derivadas de la revisión de las Constituciones de 1933, 1979 y 1993, y la Ley de Centros Educativos Privados (No 26549), promulgada en 1995, que nos brindarán el marco institucional de la presente indagación.
o Educación – Economía – Mercado
Todas estas interpretaciones acerca de la educación que subyace en una economía de mercado, nos hacen caer en la cuenta de que el crecimiento de la oferta educativa está alcanzando niveles insospechados, pues asciende de manera vertiginosa.
Sin embargo, nuestro país no está preparado para afrontar este violento crecimiento, pues valgan verdades, no tenemos suficientes instituciones de calidad formadoras de futuros docentes, tampoco se cuenta con plana docente calificada y disponible para atender esta demanda. Entonces, ocurre, que como la sociedad quiere educarse, el mercado educativo resulta interesantísimo para numerosos promotores privados que se lanzan frenéticamente a crear instituciones educativas de tipo A, B, C, D….Z, con una lógica deformada proveniente del ámbito comercial, que no corresponde al servicio educativo sin fines de lucro. Pues, son muy pocas las instituciones calificadas como competentes y de primer nivel; las que abundan son las que funcionan en precarias condiciones físicas y académicas, y es esto es justamente lo que se censura.
En dicho sistema los precios de los productos los fijan la oferta y la demanda, nombres que se refieren al comportamiento de los agentes económicos cuando se relacionan en el mercado. La demanda es de los agentes consumidores y la oferta de los agentes que producen.
o Ley de la Oferta y Demanda
Se puede añadir que:
ü Según la Unidad de Estadística Educativa del Ministerio de Educación: En el sistema educativo, entre los años de 1990 al 2002, se crearon 16,515 nuevos centros educativos de todo tipo. A diferencia del moderado incremento en el número de centros educativos de gestión estatal que fue de 6,241 y que en términos porcentuales significó un incremento del 15.4%, los centros educativos de gestión privada tuvieron un crecimiento importante, se crearon 10,274, significando esto en porcentajes, un crecimiento del 163.4%.
ü Este fuerte crecimiento, experimentado en los últimos años, por los colegios privados, ha sido incentivado por un exceso de demanda y concentrados en centros educativos orientados a los segmentos de menores ingresos.
aumento de alumnos matriculados en instituciones educativas privadas.
Toda la información estadística relacionada a la demanda educacional que hemos tenido durante estos últimos años, y que se ven reflejados en la ingente cantidad de avisos publicitarios encontrados, se presenta en la tercera parte de esta investigación.
2.2 Bases Legales:
Para el sustento legal de esta investigación, se han consultado y analizado las constituciones que nos regido en estos últimos años:
o Constitución Política promulgada el 29 de marzo de 1933:
En el Título III, que se refiere específicamente a Educación, se observa que el Estado adopta un rol protagónico, pues es éste el principal propulsor del sostenimiento de la Educación y de la gratuidad de la enseñanza. También, de manera disimulada, se fomenta la enseñanza en el sector privado: “Las escuelas que funcionen en los centros industriales, agrícolas o mineros, serán sostenidos por los respectivos propietarios o empresas” pero… ésta es garantizada y supervisada por un Estado alerta y vigilante.
o Constitución Política promulgada el 12 de julio de 1979:
En el Título I, Capítulo IV, se registra la educación acompañada de la ciencia y la cultura. Esto quiere decir que la educación tiene como fin el desarrollo integral de la personalidad, la tarea prioritaria del Estado es formular programas, dirigir y supervisar la educación, con el fin de asegurar su calidad y eficiencia.
Además en el artículo 30, como se marcó al inicio de la investigación, se señala “El Estado reconoce, ayuda y supervisa la educación privada, cooperativa, comunal y municipal que no tendrán fines de lucro. Ningún centro educativo puede ofrecer conocimiento de calidad inferior a los del nivel que le corresponde, conforme a ley. Toda persona natural o jurídica tiene derecho fundar, sin fines de lucro, centros educativos dentro del respeto a los principios constitucionales”
Vemos pues que el Estado adquiere más responsabilidades en relación a la Educación, ya que está encargado fundamentalmente de fiscalizar la educación privada, sin fines de lucro, asegurando su calidad y eficiencia.
o Constitución Política promulgada el 30 de diciembre de 1993:
En el Título I, Capítulo II “De los derechos económicos y sociales”, se presentan escasos artículos relacionados a la Educación, muestra clara que de el Estado se empieza a preocupar por “cosas más importantes”, a toda vez que deja de preocuparse porque los niños se encuentre bien educados, sin tener en consideración que ellos dirigirán los destinos de nuestro país.
Y para dar mayor “libertad de enseñanza”, se promulga el 29 de marzo de 1995: La ley de Centros Educativos Privados (N° 26549), en la que se indica que “Toda persona natural o jurídica tiene el derecho de promover y conducir centros y programas educativos privados. Los centros educativos privados pueden adoptar la organización más adecuada a sus fines, dentro de las normas del derecho común.
Además agrega que: Corresponde a la persona natural o jurídica, propietaria de un centro educativo, establecer la línea axiológica que regirá su centro, dentro del respecto a los principios y valores establecidos en la Constitución; la duración, contenido, metodología y sistema pedagógico del plan curricular de cada año o período de estudios; los sistemas de evaluación y control de los estudiantes; la dirección, organización administración y funciones del centro; los regímenes económico, disciplinario, de pensiones y de becas; las relaciones con los padres de familia; sin más limitaciones que las que pudieran establecer las leyes, todo lo cual constará en el Reglamento Interno del centro educativo.
Entonces nos preguntamos ¿Cuál es el rol que cumple el Estado?.... como vemos, pues, con esta ley se da mayor libertad para la creación de instituciones privadas, es por esa razón que tiene un incremento sorprendente en la década de los 90.
Es por ello, pues, que esta investigación buscará evidenciar con pruebas fehacientes, todo lo argumentado en el presente escrito.